jueves, 19 de noviembre de 2009

JORNADA ESCOLAR/ SCHOOL DAY

La jornada escolar hace referencia al modo como se distribuye el tiempo lectivo a lo largo del día y de la semana.

¿Qué dice la LOE sobre la jornada escolar?

LOE, que en su artículo 120.4. dice textualmente: “Los centros, en el ejercicio
de su autonomía, pueden adoptar experimentaciones, planes de trabajo, formas de organización o ampliación del horario escolar en los términos que establezcan las Administraciones educativas, sin que, en ningún caso, se impongan aportaciones a las familias ni exigencias para las Administraciones educativas”.
¿Qué nos dice esta norma legal? Pues que los horarios escolares se pueden
organizar tal como quiera cada comunidad educativa; pero, para ello, la
Administración educativa correspondiente debe sacar una normativa que
regule la autonomía de los centros educativos para definir la organización de los
tiempos escolares con el objeto de dotar a los centros docentes de cualquier nivel
educativo de la necesaria competencia para utilizar la organización del tiempo
escolar al servicio de su Proyecto Educativo, siempre que cuenten con el apoyo
mayoritario de la comunidad educativa.
Casi todas las comunidades autónomas tienen una Orden que permite, con más o
menos opciones, elegir la jornada escolar: algunas ofrecen dos alternativas
(mañanas o mañanas y tardes), otras ofrecen tres (mañanas, mañanas y tardes o
mixtas)

La Administración Educativa, tras la negociación correspondiente, establecerá el marco normativo que posibilite la organización escolar en jornada continuada o de otro tipo en las Comunidades Educativas que democráticamente lo decidan.
– Ha de ser el Consejo Escolar de cada centro quien articule y coordine el proceso de debate sobre su organización y jornada garantizando que sea democrático, consensuado y transparente, con tiempos y medios para que cada sector de la
Comunidad Educativa pueda reunirse autónomamente cuantas veces lo necesite.
– El Consejo Escolar de cada centro, con la participación de todos los sectores, elaborará un proyecto global de actividades y lo plasmará en su Plan de Centro. Las actividades propuestas han de tener absoluta garantía de que van a realizarse.
– Cada Consejo Escolar Municipal establecerá criterios comunes para todo el municipio y organizará el uso de recursos para todos los centros y alumnado.

¿En Europa tienen todas las mismas jornadas escolares? No

Sobre la tabla comparativa de horarios escolares en Europa que podemos encontrar en esta pagina: http://www.stes.es/comunicacion/clarion/clarion01/b1.pdf.
La novedad de los datos que se reflejan en esta tabla, radica en que dadas las diferencias de organización del horario en los distintos países, se utiliza el parámetro de horas lectivas anuales (descontados los recreos que en España son lectivos pero que no son contados en ningún país).
Según estos datos, España está en la media de horas lectivas anuales, ni somos quienes más horas tenemos, ni quienes menos. El tema de las vacaciones largas o no, nos vienen, por tanto, determinadas, sin ser muchas veces de gusto del personal docente, por motivos de tipo climático y cultural- religioso.
De entre estos países tienen jornada continua Alemania, Dinamarca e Italia. En estos tres países la importancia de las actividades de tiempo libre, desarrolladas por la escuela, por los municipios y en el marco del vivo asociacionismo presente en sus sociedades, tiene en general un fuerte protagonismo. En realidad, la escuela no termina con las primeras horas de la tarde, sino que se prolonga. En Italia están en el empeño de implantar la jornada de “tempo pieno” (tiempo completo) para la enseñanza elemental.
Grecia tiene una jornada única (como ocurre también en algunos centros portugueses)
de mañana o de tarde debido a la rotación de alumnado en los centros, ya que faltan centros escolares.
En cuanto a Luxemburgo se mantienen dos días a la semana con jornada sólo de mañana y en Francia un día a la semana (miércoles) también de jornada de mañana.

Por otra parte podemos constatar diferencias entre el calendario del alumnado europeo
La Jornada Escolar en Europa
El interés permanente de toda Administración parece ser el de reducir el debate sobre
jornada continuada a la mera confrontación entre la posibilidad de jornada partida (clases mañana y tarde) y la de jornada continuada (clases únicamente por la mañana).
De esta forma Dinamarca, Alemania, Grecia, Irlanda, Austria, Finlandia Noruega... diseñan calendarios anuales de alrededor de las 600 horas para sus estudiantes de hasta los siete años de edad; unas 200 horas menos que para la edad de 10 años . Esta distribución del tiempo hace que en la realidad el alumnado español más joven esté a la cabeza de horas lectivas recibidas en el entorno europeo.
España ocuparía el 8º lugar en cuanto a horas lectivas se refiere a muy poca distancia de los que le preceden.
Cuando hablamos de calendarios en el entorno Europeo no estaría mal aportar un
dato, para no perderlo de vista sobre el calendario del profesorado. Según datos de la
OCDE la media de horas trabajadas con el alumnado se sitúa en 646 horas anuales. El profesorado español trabaja 900 horas y ocupa el cuarto lugar detrás de Suiza, EEUU y PaísesBajos y a gran distancia de los que le suceden, donde el profesorado trabaja 660 horas en Francia y 576 horas en Suecia. De entre los cuatro países en los que el profesorado permanece más horas con el alumnado, España es el país que menos cobra con diferencia.

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